Brian Magnaghi: El procesamiento al prefecto que asesinó a Rafael Nahuel es un freno al vale todo
Por Brian Magnaghi*/especial para El Furgón –
La resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, en la causa por el asesinato por la espalda del joven Rafael Nahuel durante un operativo salvaje y criminal llevado adelante por el Grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina, representa un duro revés para la ministra Patricia Bullrich. La Cámara resolvió procesar al prefecto Francisco Javier Pintos, por homicidio agravado por haber sido perpetrado mediante la utilización de arma de fuego (Art. 79 y su agravante del 41 bis del Código Penal).
Lof Lafken Winkul Mapu Resiste – Matanza Viva
Para la versión criolla de Jair Bolsonaro que encarna la titular de la cartera de Seguridad, esto representa un gran golpe, dado su afán de justificar los crímenes cometidos por los agentes de las fuerzas federales a su cargo y por las de cualquier otra fuerza de seguridad del país. Recordemos su tenaz defensa del asesino de Facundo Ferreira en Tucumán, alegando un tiroteo que quedó descartado; se determinó que el efectivo policial actuó bajo los efectos de drogas.
Es claro que el poder estatal para la violencia es infinitamente mayor que el de los particulares, de manera que representa un verdadero abuso de esa capacidad de respuesta desenfundar las armas cuando no se está ante la irremediable imposibilidad de apelar a los métodos no letales. Y es que antes de sobrepasar ese umbral fatal el estado tiene el irrenunciable deber de agotar la enorme batería de mecanismos institucionales que dan sentido a la organización social democrática y republicana. Sencillamente porque el farwest es antecesor de ella y no su consecuencia. Juez Ricardo Barreiro.
Los hechos que se investigan en la causa en trámite se produjeron durante desarrollo del operativo montado por el Grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina, para desalojar de sus tierras a la comunidad Lafken Winkul Mapu, en el kilómetro 2006 de la Ruta 40 Sur, en Río Negro, el sábado 25 de noviembre de 2017. Producto de ese criminal operativo fue el asesinato del joven Rafael Nahuel, de un disparo por la espalda, de tan solo 21 años de edad. Según las pericias, el asesinato fue perpetrado por el Cabo Francisco Javier Pintos.
Recordemos que, luego de los sucesos, tanto la Ministra de Seguridad como los medios afines al Gobierno, intentaron instalar la versión de un enfrentamiento armado entre los miembros de la comunidad mapuche y los efectivos de la Prefectura. El 30 de junio del 2017, un día después de que fueran citados a indagatoria los prefectos, Bullrich declaró al diario La Nación “Quiero mencionar algo que pasó en el sur del país e involucró a la Prefectura, y ratificar que acompañamos el accionar de nuestra fuerza, y cuando dicen mentiras salimos a decir la verdad. La verdad cuando se dice con fuerza y convicción siempre triunfa. Defendemos el accionar para que cuando vayan a enfrentar el delito hagan lo que tienen que hacer”, en un claro apoyo al accionar de los uniformados a su cargo.
Ahora, en un fallo dividido, la Cámara Federal compuesta por Mariano Lozano, Richard Gallego y Ricardo Barreiro, dictó la prisión preventiva para el cabo Pintos. De este modo, desestimó lo resuelto por el juez federal de Bariloche Leónidas Moldes, que lo procesó como coautor, junto a otros cuatro prefectos, de “Homicidio agravado por su comisión con violencia contra las personas, mediante la utilización de armas de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa”. A los demás prefectos, la Cámara les revocó el procesamiento por falta de mérito.
El juez (Leónidas Moldes) no solamente presentó a los mapuches como un grupo militarizado que responde a la tipología de enemigo interno que viene construyendo el Ministerio de Seguridad y a la que ya me referí sino que, al mismo tiempo, colocó a los imputados en una nebulosa probatoria que bien podría ser interpretada como favorable a una ulterior decisión que, atrapada en esa marisma, zanjara el entuerto en base a la duda. Ya se sabe cómo. (Del fallo de Cámara)
Es decir, la Cámara rechazó la legítima defensa alegada por los miembros de Prefectura, que se había querido instalar desde el gobierno y los medios. Los jueces ponen sobre la mesa que no hubo tal “exceso en repeler una agresión ilegítima” de parte de la comunidad mapuche, sino un homicidio liso y llano. La resolución no solo muestra la clara y fundada sospecha sobre la responsabilidad del prefecto Pintos en el asesinato, sino que constituye un contundente mensaje para las fuerzas de seguridad, en especial para Bullrich, quien representa un freno al “todo vale” que se trató de imponer a través de la conocida “Doctrina Chocobar”, que otorga a las fuerzas la decisión discrecional sobre la vida y la muerte de las personas.
Hay fragmentos del fallo que parecen dirigidos de manera directa a la ex ministra de Trabajo durante la Alianza, como el pasaje donde el Juez Barreiro manifiesta“(…) Es claro que el poder estatal para la violencia es infinitamente mayor que el de los particulares, de manera que representa un verdadero abuso de esa capacidad de respuesta desenfundar las armas cuando no se está ante la irremediable imposibilidad de apelar a los métodos no letales. Y es que antes de sobrepasar ese umbral fatal el estado tiene el irrenunciable deber de agotar la enorme batería de mecanismos institucionales que dan sentido a la organización social democrática y republicana. Sencillamente porque el farwest es antecesor de ella y no su consecuencia (…)”.
Esta sentencia resulta un límite al último caballito de batalla que le quedaba al Gobierno macrista para tratar de conseguir votos, ante un escenario electoral que cada vez le resulta más adverso.
El contraste de estas ideas con los dichos de la ministra al salir de una cena en la Ciudad de Córdoba, cuando señaló al referirse al uso de armas por particulares y su posible derivación en lo que comúnmente se denomina “justicia por mano propia”: “Bueno eso es un tema de las personas, el que quiere estar armado, que ande armado, el que no quiere estar armado, que no ande armado. La Argentina es un país libre (…)”, es completo. La alusión a la superación del estado de “farwest” del que habla la Cámara, es un mensaje directo que significa que no todo vale en materia de seguridad, contra los dichos de una ministra del área que no tiene reparo a la hora de avalar fusilamientos por la espalda de personas desarmadas, justificados por el supuesto afán de defender a la “buena gente”.
El propio Juez Barreiro cuestiona el accionar del Ministerio de Seguridad y su política de defender conductas criminales cometidas por los efectivos a su cargo, señalando que “Es notorio que el Ministerio de Seguridad ha asumido, en la actual gestión, un rol activo en la defensa irrestricta de los funcionarios de las fuerzas de seguridad involucrados en episodios bajo investigación judicial. Y lo ha hecho no con la mesura, la distancia y el respeto por la división de poderes que exige la República, sino con intervenciones que no toman en cuenta el trámite de las causas judiciales, sus tiempos ni las decisiones de los magistrados y entonces, antes de que las pesquisas avancen lo suficiente como para echar mínima luz sobre los sucesos, se publican declaraciones del más alto nivel cuestionando a la judicatura, o las medidas probatorias dispuestas o, lisa y llanamente, sentenciando —mediáticamente— que el o los funcionarios implicados no han cometido delito y que son inocentes”.
Rafael Nahuel: Testigos revelan detalles sobre la causa
Otro pasaje interesante del fallo es el que desenmascara la voluntad oficial de instalar la hipótesis de un enemigo interno, en este caso la Comunidad Mapuche, cuando el mismo Juez señala “(…) se defendió el accionar de integrantes de fuerzas de seguridad sin aguardar el menor pronunciamiento judicial, o bien se respaldó el uso de la “mano dura” con invocaciones a las medidas contra el narcotráfico o el terrorismo apuntalando la construcción del enemigo interno”.
El accionar del juez federal Moldes, que entendió en primera instancia en la causa, tampoco pasó inadvertido para la Cámara, que le atribuye actuar coordinadamente con el Ministerio de Seguridad, a los fines de lograr la impunidad de los prefectos involucrados “ (…) el juez no solamente presentó a los mapuches como un grupo militarizado que responde a la tipología de enemigo interno que viene construyendo el Ministerio de Seguridad y a la que ya me referí sino que, al mismo tiempo, colocó a los imputados en una nebulosa probatoria que bien podría ser interpretada como favorable a una ulterior decisión que, atrapada en esa marisma, zanjara el entuerto en base a la duda. Ya se sabe cómo”. Además, la Cámara incluye al Juez en la operación de estigmatización de la comunidad mapuche, como enemigo a combatir: “(…) su efecto directo fue agregar disvalor a lo obrado por los integrantes de la comunidad mapuche con lo que, de modo indirecto pero groseramente visible, se acrecentó el valor justificante del mayor poder represivo empleado”.
Prefecto en prisión preventiva por el crimen de Rafael Nahuel
Con un Gobierno que en el último tiempo acrecentó su deseo de querer instalar en la agenda nacional la cuestión de la seguridad, como parte de una estrategia de demagogia punitiva “a la Bolsonaro”, que comenzó con el intento de reforma del Código Penal de la Nación para acrecentar desmedidamente las penas, tipificar como delito conductas tales como arrojar cualquier elemento aunque no se lesione a persona alguna, o la implementación del uso de las pistolas Táser (declaradas como instrumento de tortura por el Comité contra la Tortura de la ONU), esta sentencia resulta un límite al último caballito de batalla que le quedaba al Gobierno macrista para tratar de conseguir votos, ante un escenario electoral que cada vez le resulta más adverso.