jueves, septiembre 12, 2024
Nacionales

El fútbol ardiente y una centenaria prohibición para jugarlo

A fines de enero, Huracán se enfrentó a Talleres de Córdoba por el actual torneo de primera división de fútbol masculino. El partido comenzó a las 5 de la tarde. Interpelando la naturalización de programar partidos en fechas y en horarios de altas temperaturas desfavorables para la salud de los/as jugadoras, el periódico porteño Página/12 reportó que la contienda se había desarrollado “bajo un calor infame”. Aunque sin hacerlo explícitamente, la crónica consideraba una infamia disputar partidos “bajo un calor agobiante”, como también caracterizó al clima de aquella tarde estival.

Esta preocupación viene de antaño y resurge, con más o menos fuerza, periódicamente. Hace casi cien años, el 30 de noviembre de 1926, el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Rosario zanjó la cuestión con una decisión inédita, osada y casi ignota: dictó una ordenanza prohibiendo los partidos de la Liga Rosarina de Fútbol durante diciembre, enero y febrero. El proyecto de ordenanza, propuesto por el periodista deportivo y concejal por el Partido Demócrata Progresista Juan Dellacasa, argumentaba que la práctica del fútbol en verano atentaba manifiestamente contra la salud de los jugadores. De este modo, era “doloroso presenciar un match de foot-ball en plena canícula donde veinte y dos jugadores desempeñan su rol casi agotados por el esfuerzo siempre constante que reclama la lucha”. Esto, según Dellacasa, desmerecía tanto al fútbol como a sus cultores, ya que jugarlo en verano requería “un exceso enorme de energías que colocan al hombre en un plano de rebajamiento en su valor físico-moral”.

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El proyecto de ordenanza también contemplaba a los espectadores, primordialmente a los que concurrían a las tribunas populares. Durante los partidos veraniegos, estos ocupaban “un lugar adonde el sol se les presenta como el más terrible enemigo. Soportar la violencia de los rayos solares, constituye otro atentado contra la salud de los aficionados”. Teniendo en cuenta a espectadores y a jugadores, para Dellacasa “los grandes calores que en los meses de diciembre, enero y febrero hacen irrupción, constituyen un positivo valor y un argumento irrefutable para que este proyecto de ordenanza se sancione”. Contaba con el apoyo, entre otros, del intendente Manuel Pignetto, un médico higienista de la Unión Cívica Radical, que llevaba adelante un ambicioso plan sanitario.

La prensa rosarina celebró la nueva ordenanza. Por ejemplo, deplorando que a los futbolistas se les exigiera jugar en verano “para satisfacer solamente el deseo de los dirigentes y las cajas de los diversos clubs”, el periódico Democracia comentó que esta era “una sabia medida”. Por otro lado, haciéndose eco de los considerandos del proyecto de ordenanza, insistió en que el fútbol estival era una “práctica bárbara” y que “su prohibición era una cosa que se imponía como algo indispensable”. Invocando nociones sanitaristas, proclamó que así “se defiende la salud de los jugadores y por ende de la población” y criticó, sin nombrarlas, a otras ciudades del país donde “no se pudo o no se quiso conseguir [un amparo similar para sus hijos] por motivos mezquinos”.  Si bien reconoció que la implementación inmediata de la nueva ordenanza conllevaba dificultades para la conclusión del torneo en curso, felicitó a Dellacasa, aclarando que la prensa local había bregado durante muchos años por la prohibición del fútbol estival.

En la actualidad, es improbable que una entidad pública instaure una prohibición para organizar partidos durante el verano como lo hizo el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Rosario en 1926. No hay voluntad política para hacerlo, entre otras razones, porque tal prohibición afectaría negativamente numerosos intereses del negocio futbolístico y también porque sería considerada como una intromisión paternalista innecesaria en el funcionamiento de las instituciones futbolísticas y en las decisiones autónomas de los/as futbolistas y de quienes acuden a los partidos. Esto es así porque, como dijo Eduardo Galeano, “a medida que [el fútbol] se ha hecho industria, ha ido desterrando la belleza que nace de la alegría de jugar porque sí”. Sin embargo, aquella prohibición rosarina, eventualmente derogada, invita a desnaturalizar la programación de una fecha en condiciones de calor extremo, a reflexionar sobre la (in)conveniencia de organizarlos y a imaginar condiciones organizativas en las que se resguarde la salud de todas las personas involucradas.

La FIFA establece que ante una situación de calor extremo (definida como una temperatura superior a los 32 °C), son obligatorias pausas de hidratación a los minutos 30 y 75 del partido. Además, estipula que la decisión de suspender o cancelar un partido queda a discreción de sus organizadores. El FIFPRO, el sindicato mundial que representa a los/las futbolistas profesionales, considera que las directrices de la FIFA​ “no bastan para proteger la salud y el rendimiento de los futbolistas”. Por lo tanto, sugiere pausas de hidratación a los minutos 30 y 75 del partido cuando la temperatura es de entre 28 y 32 °C y pausas de hidratación adicionales a los minutos 15 y 60. Para el FIFPRO, si la temperatura es superior a los 32 °C los partidos deberían cancelarse y reprogramarse. Evidentemente, el FIFPRO propone una prohibición, aunque con otros términos, para organizar partidos cuando la temperatura excede los 32 °C, cualquiera sea el mes del año. En la era del calentamiento global, es una propuesta acertada. Dellacasa, que consideraba a su proyecto de ordenanza como una “obra humanitaria, que refleja, desde luego, un acto de justicia hacia nuestra juventud deportista”, estaría de acuerdo con estas regulaciones, que imposibilitarían los partidos infamemente calurosos.

César Torres. Doctor en filosofía e historia del deporte. Docente en la Universidad del Estado de Nueva York (Brockport).

Portada: Imagen de video.